La Corte Suprema argentina revocó el fallo que había frenado el artículo 154 del DNU 70/23, eliminando los límites de venta de tierras rurales a extranjeros según lo dispuesto en ese artículo.

La resolución, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se basó en que el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM) carecía de legitimación para promover la demanda y que no existía una controversia judicial que habilitara su intervención.

El artículo 154 del DNU 70/2023 derogó la Ley de Tierras Rurales, norma que imponía límites a la venta de tierras a extranjeros.

El Gobierno retiró el capítulo de tierras del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada tras el rechazo social que había generado.

La decisión reabre la puerta que había quedado cerrada por la vía legislativa, permitiendo que particulares y empresas extranjeras compren todas las tierras que quieran en Argentina.


Fuente: elpais.com